A través de la empresa unipersonal, una persona natural o jurídica que reúna las calidades requeridas para ejercer el comercio podrá destinar parte de sus activos para la realización de una o varias actividades de carácter mercantil. La empresa de un solo propietario, una vez inscrita en el registro mercantil, forma una persona jurídica. Una vez inscrita ante la Cámara de Comercio, la empresa unipersonal surge como una persona jurídica distinta al empresario o constituyente. La empresa unipersonal requiere ser creada mediante documento privado de constitución.
Las empresas unipersonales se dedican generalmente a la prestación de servicios, como consultorios médicos u oficinas de asesoría profesional; al comercio, de forma de tiendas y graneros; y a la industria, como en calzado y ebanistería. Pertenecen a un solo dueño y en la mayoría de los casos son pequeñas en cuanto al volumen de sus operaciones y capital invertido. La creación de una empresa unipersonal implica un documento escrito en el que se debe manifestar, entre otros: nombre, documento de identidad, domicilio y dirección del empresario; la razón social de ésta debe aparecer seguida de la expresión “Empresa unipersonal”, o por la sigla E.U.
EMPRESA NATURAL O COMERCIANTE:
Son personas naturales todos los individuos de la especie humana cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición.En lo que se refiere al registro mercantil, persona natural es aquel individuo que actuando en su propio nombre, se ocupa de manera profesional de alguna o algunas de las actividades que la ley considera mercantiles; por ejemplo, la adquisición de bienes a título oneroso con el fin de venderlos; la intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones; el recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés
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